A causa del incremento del coste de los inmuebles, los españoles han ido optando cada vez más por la opción del alquiler. Hay una creencia generalizada de que es necesario tener una nómina para que te sea concedido un alquiler, pero lo cierto es que hay trucos para alquilar un piso sin nómina. En este artículo te contamos todo lo necesario en relación al alquiler y las nóminas.
¿Qué dice la ley sobre el alquiler sin nómina?
Lo primero que debes tener claro es que la ley no obliga en ningún caso a tener una nómina para alquilar una vivienda. El único requisito obligatorio que recoge la legislación del 2019 es la fianza, un depósito de dinero equivalente a una mensualidad de la renta cuando se trata del alquiler de un piso y a dos mensualidades si se trata de un local.
Esta fianza no se la quedará el propietario, sino que tendrá que ser depositada en el organismo correspondiente de cada comunidad autónoma, pues está destinado a compensar los posibles desperfectos que pueda causar el inquilino en la vivienda. Cuando el contrato de alquiler finalice, la fianza tendrá que ser devuelta al arrendatario como máximo un mes después de dejar el piso.
A parte de la fianza, e independientemente de que se alquile el piso con o sin nómina, el propietario podrá pedir otras garantías adicionales, especialmente si el arrendatario es autónomo. De todos modos, nunca podrá exceder de tres mensualidades, siendo una de ellas correspondiente a la fianza y las otras dos como garantía adicional.
Trucos para alquilar un piso sin nómina: documentos que puedes presentar en lugar de ella
Aunque por ley no se obligue a tener una nómina para la concesión del alquiler de un piso, es muy frecuente que el arrendador lo ponga como requisito para analizar la capacidad económica del inquilino y saber hasta qué punto puede hacer frente al coste del alquiler.
Evidentemente, si eres autónomo o estás cobrando una prestación, será imposible para tí presentar una nómina, así pues ¿cuál es la solución si el arrendador nos pide una nómina y no la tenemos?
Si eres un inquilino sin nómina, puedes presentar los siguientes seis documentos para acreditar tu capacidad de pago:
- La declaración del IRPF con la información de los ingresos anuales.
- La declaración trimestral del IVA, en la que figure el volumen de ingresos al mes que genera tu actividad.
- El recibo de la cuota de autónomos que se paga mensualmente y que demuestra tu actividad.
- Un certificado que acredite que estás al corriente de las cuotas de la Seguridad Social.
- Aval bancario, un importe que el inquilino deposita en el banco como garantía del pago del alquiler.
- Aval personal de algún familiar, para garantizar al arrendador que esa tercera persona se hará cargo de la deuda en caso de que se produzca un impago por parte del inquilino.
Esperamos que estos trucos para alquilar un piso sin nómina te hayan servido de ayuda. Si crees que el aval bancario puede ser tu solución o necesitas asesoramiento para financiar tu vivienda, contacta con nosotros. Nuestros profesionales sabrán resolver todas y cada una de las dudas que tengas.
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