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¿Cuánto dura un embargo de una cuenta bancaria?

embargo de una cuenta bancaria

El embargo de una cuenta bancaria se produce cuando se dicta una orden por parte de un juez o una entidad pública para retener y confiscar saldo, con fines de pagar una deuda.

Un embargo de la cuenta bancaria puede producirse por orden judicial. Cuando un deudor no cumple con sus obligaciones de pago, los únicos que pueden obligarle a ello son los Tribunales de Justicia.

Por ello, primero debe establecerse la obligación de pago a través de sentencia, documento notarial o cualquier otro título que tenga reconocida la fuerza ejecutiva.

Un caso distinto es el de las Administraciones Públicas: estos organismos pueden proceder al embargo directamente, sin necesidad de que medie una sentencia. Las deudas con Hacienda o la Seguridad Social son cobradas por esta vía, si no se produce el pago voluntario.

Pero ¿cuánto dura el embargo de una cuenta bancaria?  Es lo que vamos a tratar aquí, en Credexia, a continuación.

¿Qué es el embargo de cuentas bancarias?

En derecho civil, una deuda sólo es un incumplimiento de contrato. Sin embargo, el acreedor también tiene derecho a percibir lo que le corresponde. En el caso de que el deudor se niegue a pagar (porque no pueda o no quiera), la única forma de obligarle es recurrir a un juez.

Una vez la justicia se ha pronunciado, si el deudor no lo acata, el acreedor tiene derecho a exigir mediante la vía de ejecución de bienes el pago de la deuda. Entre la ejecución de bienes se encuentra el embargo de la cuenta bancaria.

Además de ello, las Administraciones públicas pueden proceder al embargo de una cuenta directamente.

Podemos hablar de dos tipos de embargos de cuenta corriente:

  • El embargo judicial.
  • El embargo administrativo.

Como norma general, el embargo en la cuenta bancaria es uno de los primeros procesos de ejecución de bienes (si no el primero), puesto que se trata de incautar dinero líquido (no es necesario ponerse a vender bienes).

Se realiza de forma telemática, a través de una aplicación que disponen los juzgados.

Un embargo de cuenta sólo puede realizarse por orden judicial o administrativa

En un embargo de cuenta se procede a retener y extraer el saldo de la cuenta corriente del deudor, hasta un montante total que permita saldar la deuda. Es decir, se trata de un bloqueo de fondos de la cuenta por parte del banco, para finalmente retirar este dinero hacia la Cuenta de Depósitos y Consignaciones del órgano judicial competente y, en última instancia, entregárselo al acreedor.

Cuanto se trata de Administraciones Públicas, el proceso es similar. En este caso se incauta a favor del organismo con el cual se tiene la deuda contraída (por ejemplo, una multa en Tráfico).

Consulta también: consecuencias de no pagar tarjetas de crédito

¿Cuánto dura el embargo de una cuenta bancaria?

En realidad, una vez dada la orden de embargo de la cuenta bancaria, se retiene la cantidad de la deuda. Si el saldo de la cuenta es suficiente para cubrir su totalidad, el embargo desaparece en el momento que se haya realizado el cobro.

En caso contrario, se confiscará el saldo que exista en la cuenta bancaria, pero al quedar una parte de la deuda, el embargo puede mantenerse en el tiempo hasta que se cobre la totalidad de la misma.

Una cuestión importante es que el embargo de cuentas bancarias no puede realizarse por un importe mayor del saldo que se tiene. Es decir, no pueden dejar la cuenta en números rojos.

No es posible determinar con exactitud cuánto dura el embargo de una cuenta bancaria mientras queda una parte de la deuda por satisfacer. Lo único que es seguro es que el proceso permanece hasta que se salde la deuda.

En los embargos judiciales, cada determinado período de tiempo, la administración como el órgano judicial competente puede realizar embargos periódicos. Cada uno de estos embargos tiene una duración de 24 horas.

En otras palabras, es posible que puedan ir haciéndote barridos de cuenta periódicamente, pero cada uno de ellos se produce un día determinado y después la cuenta queda libre (hasta el próximo o hasta saldar la deuda).

En el caso de que se trate de una cuenta conjunta, el saldo a retener no puede ser mayor al 50%, puesto que sólo se aplica a la parte del deudor.

¿Qué puedes hacer ante el embargo?

En principio, debes saber es que la entidad bancaria debe notificarte la situación de embargo de la cuenta bancaria, así como la cantidad embargada.

solución embargo de una cuenta bancaria

Debe ofrecerte una forma de contacto para informarte mejor sobre los detalles del procedimiento de embargo (para que de esta manera puedas darle una solución más efectiva).

También debes tener presente que existen ciertos límites: no es posible que te embarguen el Salario Mínimo Interprofesional (salvo para pensiones alimenticias). Esto se aplica para los ingresos en la cuenta procedentes de salarios o pensiones (si tienes domiciliada tu nómina en la cuenta corriente, por ejemplo).

También debes tener mucho cuidado con el pago de tus impuestos, multas y demás obligaciones dinerarias con los organismos públicos. Ya hemos visto que este tipo de agentes proceden al embargo de la cuenta bancaria de forma directa.

Lo mejor en estos casos sería solicitar un aplazamiento de la deuda.

Si estás pensando en reducir el saldo de tu cuenta para evitar el embargo, tienes que saber que esta es una medida parcial; no te ofrece ninguna solución efectiva. La deuda seguirá presente, por lo tanto, el embargo continuará activo y lo único que puedes conseguir es que el deudor proceda al embargo de otro tipo de bienes.

En todo caso, la mejor forma de evitar el embargo de una cuenta bancaria es, por supuesto, llevar un control exhaustivo de tus finanzas personales y no incurrir en situaciones de impago.

Si tuvieses alguna deuda susceptible de entrar en proceso judicial, lo ideal sería saldarla cuanto antes (además, evitarás gastos judiciales). En Credexia te ofrecemos toda la información que necesitas para mantenerte al día en la gestión de tu economía personal. Contáctanos si te ha quedado alguna duda y te orientaremos.

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