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¿Quieres vender un piso alquilado? Claves a considerar

vender piso alquilado

Puede que quieras vender un piso alquilado de tu propiedad para obtener un beneficio con la venta. En este post te contamos las precauciones que vas a tener que considerar y las limitaciones que pueden existir. 

¿Se puede vender un piso alquilado?

La respuesta es que sí, pero con matices. Antes de nada, tendrás que leer atentamente el contrato de alquiler y la fecha del mismo, ya que ha habido varias modificaciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos que influyen en varios aspectos de los alquileres. 

En cuanto a la venta, pueden darse varias opciones: 

  • Quieres vender el piso vacío. En los contratos de vivienda la duración es pactada por las partes, pero, por aplicación de la Ley de Arrendamientos Urbanos actual, si es inferior a 5 años o 7 años (si el arrendador es una persona jurídica), el contrato se prorrogará por años hasta alcanzar dicha duración. Esto quiere decir, que si deseas vender el piso vacío tendrás que analizar lo que has firmado y la ley, porque puede que el inquilino tenga derecho a quedarse más tiempo. Otra opción es pactar con el inquilino una resolución anticipada del contrato u ofrecerle una alternativa de alquiler. 
  • Quieres vender el piso alquilado. Puedes hacerlo, pero tendrás que analizar el contrato para ver qué establece en relación con el derecho de adquisición preferente (tanteo y retracto) del inquilino. 

El derecho de adquisición preferente se desdobla en dos derechos: tanteo y retracto:

  • Tanteo: supone la obligación del propietario de ofrecer la vivienda en venta al inquilino antes de venderla. Para ello, tendrá que notificar por escrito al inquilino el precio y demás condiciones de la compraventa. El inquilino deberá responder en un plazo máximo de 30 días. 
  • Retracto: en el caso en que el propietario no ofrezca el piso en venta al inquilino o cierre la venta en condiciones distintas a las ofrecidas al inquilino, éste tendrá un derecho de retracto desde que se le notifique la venta (es decir, podrá sustituir al comprador). 

Se pueden dar varias situaciones en la regulación del derecho de adquisición preferente en el contrato: 

  • Que el contrato no regule nada. En ese caso, se aplica el artículo 25 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y el inquilino tendrá derecho de adquisición preferente. 
  • Que en el contrato se renuncie al derecho de adquisición preferente. Puede ocurrir que el contrato regule expresamente la renuncia al derecho de adquisición preferente. 
  • Que en el contrato se regule el derecho de adquisición preferente a favor del inquilino. En este caso el arrendatario podrá ejercitar el derecho conforme a la ley. 

¿Cómo hago las visitas para vender un piso alquilado? 

Otro de los problemas que pueden surgir a la hora de vender un piso alquilado es el de las visitas por parte de los interesados. No podemos olvidar que, aunque el piso sea de tu propiedad, es el domicilio particular de otra persona, por lo que es importante que te coordines con el inquilino para no ocasionar molestias. 

Agrupa todas las visitas en un mismo día, por ejemplo, y avisa con bastante antelación al inquilino para que esté preparado. 

En Credexia estaremos encantados de resolver tus dudas si quieres vender un piso alquilado. Nuestro equipo profesional está respaldado por una experiencia y un conocimiento impecable. Seguro que podemos ayudarte.No dudes en contactarnos y empezaremos juntos desde el primer momento. ¡Nosotros nos encargamos de buscar soluciones!

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