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¿Cómo renunciar a la legítima? Te lo contamos aquí

renunciar a la legítima

Tal y como indica el artículo 806 del Código Civil, la legítima es la porción de bienes que el testador no puede disponer por haber reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos. Es decir, la legítima está reservada a los herederos forzosos y nadie más puede disponer de ella. Sin embargo, puede darse el caso que alguno de estos herederos quiera renunciar a esta herencia. Es posible hacerlo, pero requiere un procedimiento concreto y tiene algunas consecuencias que deben tenerse en mente. En este artículo te lo contamos.

¿Cómo renunciar a la legítima?

Si se quiere renunciar a la legítima habrá que esperar hasta después del fallecimiento de la persona causante. Si se intenta iniciar el trámite antes del fallecimiento, no será válido.

Para renunciar a la legítima una vez haya fallecido la persona de la que proviene la herencia, se puede acudir a un notario, que proporcionará la documentación necesaria. Una vez firmada la renuncia a la legítima, la decisión estará tomada, con todas sus consecuencias. 

Renunciar a la legítima: a tener en cuenta

Si una persona está decidida a renunciar a la legítima debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • La decisión es irrevocable
  • Puede ser que ya se haya aceptado la herencia
  • La parte renunciada se reparte entre el resto de herederos
  • Renunciar a favor de otra persona requiere el pago de impuesto por donaciones
  • La renuncia debe producirse antes de que prescriba el pago de impuesto por sucesiones
  • Las personas menores requieren una autorización judicial
  • También se renuncia a la legítima en nombre de los descendientes de la persona que renuncia
  • Fraude de acreedores

La decisión es irrevocable

Cuando se haya firmado la renuncia a la legítima, no hay vuelta atrás. Este es el primer motivo por el cual renunciar a la legítima debe ser una decisión informada y tomada con calma.

Puede ser que ya se haya aceptado la herencia

Además de la aceptación expresa, existe un tipo de aceptación más indirecta, llamada aceptación tácita. Esta se da cuando el heredero ejercita “actos de señor”, como poseer alguno de los bienes contemplados en la herencia (un reloj, un coche, una vivienda… las posibilidades son  numerosas).

La parte renunciada se reparte entre el resto de herederos

A priori no suena mal: ¿por qué debería ser un problema que los coherederos hereden más? La respuesta yace en que no solo se heredan bienes, también se heredan algunas deudas. Tal vez la persona que renuncia a la legítima no quiera perjudicar la situación económica del resto de herederos. 

Renunciar a favor de otra persona requiere el pago de impuesto por donaciones

Si la intención es renunciar para que otra persona reciba los bienes y así no pagar el impuesto de sucesiones, renunciar a la legítima puede sonar a plan maestro para algunas personas. Pero no es el caso, pues la persona que renuncia deberá pagar el impuesto por donaciones.

La renuncia debe producirse antes de que prescriba el pago de impuesto por sucesiones 

Esto significa que se dispone de 4 años desde el fallecimiento del causante. 

Las personas menores requieren una autorización judicial

Si un menor quiere renunciar a la legítima, sus padres o tutores legales deberán firmar una autorización judicial.

También se renuncia a la legítima en nombre de los descendientes de la persona que renuncia

Querer renunciar a la legítima para que la descendencia reciba los bienes no es viable: cuando una persona renuncia a la legítima, sus descendientes también lo hacen automáticamente.

Fraude de acreedores

En el caso de fraude de acreedores, es decir, de que se haya extraído dinero u ocultado bienes de la legítima, se pierde el derecho a renunciar a la legítima.

Alternativa a la renuncia: aceptación de la herencia a beneficio de inventario

Se trata de un procedimiento ordenado de liquidación de deudas, en el que el heredero no responderá más allá de los bienes que integran la herencia, siempre y cuando se sigan las prescripciones del Código Civil. Esto es especialmente útil en aquellas herencias que contienen deudas. 

Ahora que ya conoces las particularidades asociadas al hecho de renunciar a la legítima, esperamos que tus dudas se hayan aclarado y que, si te encuentras en esta situación, puedas tomar la decisión más conveniente. 

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