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Qué pasa si no haces la Declaración de la Renta

qué pasa si no haces la Declaración de la Renta

¿Qué pasa si no haces la Declaración de la Renta? Es una cuestión que inquieta a un buen número de contribuyentes, y hay varios condicionantes a tener en cuenta antes de considerar las posibles consecuencias. 

Supuestos

Básicamente existen dos supuestos a la hora de hacer la Declaración de la Renta. Uno es que no estés obligado a presentarla. Otro es que directamente no la presentes, ya sea porque estás fuera de plazo, porque lo has olvidado, etc.

Qué pasa si no haces la Declaración de la Renta porque no estás obligado

No pasa absolutamente nada. Según establece la Ley del IRPF, si tus ingresos y el origen de los mismos no te obligan a presentar la Declaración de la Renta porque no hay obligación, tampoco habrá consecuencias.

Es conveniente consultar tu borrador. Muchos ciudadanos que no tienen obligación de presentarla, la hacen cuando sale a devolver, y no la presentan cuando sale a pagar. Así se pueden aplicar deducciones o se puede obtener la devolución del exceso retenido.

Si no presentas la Declaración de la Renta

¿Qué pasa si no presentas la Declaración de la Renta cuando sí estás obligado? Tendrás que pagar un extra, ya sea un recargo o una sanción, o ambos. Los casos y las diversas consecuencias dependen de estos factores:

  1. La cantidad de tiempo de retraso en la presentación.
  2. El resultado de la declaración: devolver o pagar.

La presentación puede ser voluntaria fuera de plazo o a través de un requerimiento de la Administración, el último caso agrava las consecuencias.

Es importante que recuerdes que Hacienda tiene hasta 4 años contando desde el último día de plazo voluntario de presentación de declaraciones para revisar tu IRPF. Eso le da un margen importante para comprobar tanto que tu declaración es correcta como que está presentada en tiempo y forma.

Requerimiento

¿Qué sucede si recibes el requerimiento de Hacienda por no haber hecho la Declaración en el plazo previsto? Se inicia un procedimiento sancionador por la infracción tributaria cometida con diversas consecuencias:

  • Sale a pagar: se pagarán intereses de demora según lo regulado en el artículo 191 de la Ley General Tributaria. Dependiendo del perjuicio económico causado, la sanción puede ascender del 50% al 150% de la deuda.
  • Resultado 0: si no sale a devolver, pero tampoco a pagar, Hacienda inicia el procedimiento sancionador incluyendo intereses de demora y sanción en caso de considerarlo necesario.
  • Sale a devolver: aunque parezca sorprendente, se dan casos. Es entonces cuando Hacienda puede decidir devolver menos, no devolver nada e incluso pagar debido a la multa impuesta.

IRPF fuera de plazo

Si optas por hacer la Declaración de la Renta voluntaria aunque estés fuera de plazo, será más ventajoso que el requerimiento y notificación de Hacienda:

  • A devolver o con resultado 0: se considera infracción leve. Se debe hacer una declaración extemporánea que puede desembocar en una devolución reducida a la mitad del total, o a una multa de 100 euros que se puede reducir a 75 pagando en plazo y sin recurrir.
  • A pagar: se hace frente a un recargo, pero no a una sanción. Dependiendo del tiempo transcurrido, puede ser el mínimo del 5% si se presenta en los tres meses posteriores al último día de plazo, no incluyendo intereses de demora ni sanción, hasta el máximo de un 20% en caso de que hayan transcurrido 12 meses, aunque tampoco habrá sanción, pero sí intereses de demora desde el día siguiente a la expiración del plazo.

Aunque ya sabes qué pasa si no haces la Declaración de la Renta, es posible que todavía albergues dudas sobre este complejo asunto. La mejor forma de solucionarlas es contactando con nosotros. Obtendrás una respuesta personalizada y adecuada a tu caso particular.

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