Compara, decide y acierta en tus finanzas

Técnicas y recursos expertos para que puedas tomar las mejores decisiones financieras

¿Qué tipos de familias numerosas existen?

tipos de familias numerosas

En España la tasa de natalidad es baja: 1,3 hijos de media, lo que sitúa al país en la cola de Europa. Aún así, las familias numerosas elevan la media. Y es que sería necesaria una mayor tasa de natalidad para lograr el reemplazo generacional. Existen diferentes tipos de familias numerosas, y para ser oficialmente una de ellas, es necesario solicitarlo. En este post veremos los requisitos que deben cumplir los diversos tipos de familias numerosas.

¿Cuándo se considera una familia numerosa?

Cada gobierno decide qué familias son numerosas y cuáles no. Por norma general, las familias numerosas son las que tienen al menos 3 hijos. Aunque, como en cualquier norma, existen excepciones. Además, el concepto de familia no es único, ya que hay muchas circunstancias diferentes para llegar a ser una familia.

En la primera categorización, existen dos casos:

  • General. En esta categoría entran las unidades familiares compuestas por 3 hijos. También pueden ser familias con 2 hijos, si uno de ellos o uno de los padres tiene discapacidad. En esta categoría también se incluye el caso de un progenitor viudo con 2 hijos.
  • Especial. Las familias de esta categoría son las que tienen más de 3 hijos. Son familia numerosa especial si en la unidad familiar hay 5 o más hijos, o 4 hijos, 3 de los cuales deben proceder de parto, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo múltiples.

Para que se incluya como familia numerosa especial a una familia con 4 hijos, sus ingresos anuales divididos entre el número de miembros no deben superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesionl (SMI) vigente.

Además, cada hijo que tenga una discapacidad o no pueda trabajar, cuenta como dos hijos en el cómputo global.

Tipos de familias numerosas

Según la última Ley de Familias Numerosas, del año 2003, existen estos tipos de familias numerosas:

  • Familias integradas por uno o dos progenitores, y 3 o más hijos/as. Los hijos/as pueden, o no, ser comunes.
  • Uno o dos progenitores con dos hijos/as, sean o no comunes, con la característica de que uno de los hijos/as tenga una discapacidad mayor al 33%. O no tenga capacidad para desarrollar un trabajo.
  • Dos progenitores con discapacidad con dos hijos/as. Uno de los progenitores debe tener una invalidez del 65% o más. O ambos tienen una discapacidad del 33%. O que uno o ambos estén incapacitados para el trabajo.
  • Progenitor separado o divorciado, con 3 o más hijos. Los hijos/as pueden ser de la misma unidad familiar.
  • Progenitor viudo, con dos hijos/as o más.
  • Dos o más hermanos que sean huérfanos de padre y madre, que estén bajo tutela, acogimiento o guarda.
  • 3 o más hermanos huérfanos de ambos progenitores, que sean mayores de edad. O dos, si uno de ellos tiene discapacidad, que convivan y dependan económicamente de ellos.

Las familias numerosas disfrutan de algunos beneficios que pretenden incentivar la natalidad, ya que para garantizar el reemplazo generacional de un país y mantener aspectos como las pensiones, se necesita que la tasa de natalidad sea superior a 2,1.

Si perteneces a uno de estos tipos de familias numerosas, no dudes en solicitar la condición de familia numerosa.

Esperamos haber aclarado tus dudas sobre los tipos de familias numerosas. Recuerda que si necesitas asesoramiento sobre tus finanzas y cómo optimizar tus recursos, en Credexia estaremos encantados de ayudarte. Nuestro equipo profesional está respaldado por una experiencia y un conocimiento impecable. No dudes en contactarnos y te ayudaremos.

Sobre el autor

Comentarios

Responsable del fichero: CREDEXIA MARKETING S.L.U . Finalidad: almacenamiento de su mensaje para poderle prestar nuestro servicio de asesoramiento y recomendación de productos financieros. Legitimación: consentimiento. Destinatarios: No se comunicarán los datos a terceros. Derechos: acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional. Puede consultar información adicional y detallada en nuestra política de privacidad

Todavía no hay ningún comentario en esta entrada.