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¿Puede el banco devolver recibos sin avisar?

puede el banco devolver recibos sin avisar

Es común que los usuarios domicilien recibos en sus cuentas bancarias. Es lo que el Banco de España llama adeudos domiciliados. Ahora bien, ¿puede el banco devolver recibos sin avisar?

Esta es una cuestión complicada, ya que tampoco el Banco de España aclara si se puede o no en su memoria sobre los adeudos domiciliados.

Es común que, si un banco devuelve un recibo de motu propio, sea porque la cuenta del cliente se ha quedado a 0, está en negativo o no posee fondos suficientes para hacer frente a ese pago.

Antaño, era habitual que los bancos hiciesen el pago y corrieran con los riesgos del descubierto en la cuenta. Después, se le cobraba un pequeño recargo al cliente por el crédito ofrecido.

Hoy en día, pasada la crisis económica de 2008, los bancos no suelen actuar de esta forma a no ser que haya un acuerdo explícito establecido y ese cliente haya sido considerado como solvente.

Es habitual que pequeñas empresas y autónomos sufran este tipo de problemas, por lo que conviene estar atentos a las finanzas y organizar todo de forma que se puedan pagar todos los recibos a tiempo, ya sean domiciliados o no.

Entonces, ¿puede el banco devolver recibos sin avisar?

Dicho esto, el banco sí puede devolver recibos sin avisar, aunque no es una práctica habitual. No obstante, todo dependerá del contrato que el cliente haya firmado con la entidad financiera. Ahí se debe estipular cómo actuarán ambas partes ante las notificaciones, los descubiertos, los incumplimientos de condiciones, etc.

No obstante, no es habitual que un banco devuelva un recibo y no avise al cliente. Lo normal es que, según la fórmula establecida, realice una llamada de aviso, envíe un mensaje vía email o SMS de teléfono móvil, etc.

Qué saber sobre la domiciliación de recibos

Todo ciudadano que quiera que su entidad bancaria pague cualquier recibo de persona o empresa mediante domiciliación en banco, debe realizar como titular de la cuenta una autorización expresa y firmada con fecha a partir de la cual se procederá a tal fin.

Estas órdenes pueden ser adeudos puntuales, es decir, que se producen una sola vez, o adeudos recurrentes, por ejemplo, cada mes, cada trimestre, cada semestre, cada año, etc. Sea como fuere, con una sola autorización de todos los cargos, se efectuarán los pagos hasta que no haya una orden contraria.

Ahora bien, se puede dar el caso, como has visto, de que en tu cuenta no haya saldo, o bien que tú des la orden de que se devuelva un recibo particular por cualquier motivo que el banco no tiene por qué preguntarte.

La baja de la orden se realizará de forma expresa, con documento firmado y fechado correctamente. Esta tendrá efectos siempre que sea recibida por el banco antes del último día hábil previsto en el cargo del recibo. Con posterioridad, tendrá efecto en los subsiguientes recibos.

Aun así, incluso un recibo autorizado cargado en tu cuenta puede ser devuelto en un plazo máximo de 8 semanas. Incluso se puede autorizar al banco a que lo devuelva si el importe supera un límite en comparación con los anteriores.

Aun así, si no has dado autorización, hay un plazo de 13 meses para devolver dicho recibo.

Somos conscientes de que este tema levanta bastante polémica y provoca dudas entre los ciudadanos. Por eso, si no te ha quedado claro del todo si puede el banco devolver recibos sin avisar o si tienes dudas sobre otras cuestiones relacionadas, ponte en contacto con nuestro servicio de atención al cliente.

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