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Vivienda de protección oficial: ¿Cómo acceder a una?

vivienda de protección oficial

En este artículo te mostramos todos los requisitos necesarios para acceder a una vivienda de protección oficial.

El problema que se plantea con las viviendas de protección oficial es que, mientras su demanda tiende al alza, los recursos que se destinan a su construcción tienden a ir a la baja. Así pues, cada vez se hace más difícil conseguir la adjudicación. Por este motivo, desde Credexia te informamos como puedes acceder a una y cuál es la documentación necesaria.

¿Qué es una vivienda de protección oficial?

Una Vivienda de Protección Oficial (VPO) es un tipo de inmueble urbano, preparado para utilizarse como vivienda, promovido y subvencionado por los poderes públicos con fines de ofertarse a un precio más bajo que el que podemos encontrar en el mercado.

La razón de ser de las VPO es garantizar el derecho a una vivienda digna a los ciudadanos con rentas bajas y que no tienen acceso a otro tipo de créditos, por ello se ofertan a unos precios asequibles.

Suelen ser las Comunidades Autónomas las que regula las viviendas de protección oficial. Así pues, el máximo precio está determinado por la Comunidad Autónoma correspondiente a dónde se encuentre ubicada la correspondiente VPO, además, del tipo de protección y el plan estatal de vivienda al que pertenecen.

Por otra parte, las viviendas de protección no suelen superar los 90 metros cuadrados de superficie.

requisitos para solicitar una vpo

Se trata de una medida de protección social, por ello sus finalidades están reguladas y no están disponibles para todas las personas: para acceder a una vivienda de protección oficial es necesario cumplir con una serie de requisitos.

¿Cómo acceder a una vivienda de protección oficial?

En principio, para acceder a una vivienda de protección oficial, el interesado debe inscribirse en el registro de la Comunidad Autónoma correspondiente (Consejería de Vivienda). De esta forma, formará parte de los candidatos.

Existen supuestos en los que la propia administración autonómica realiza convocatorias para el acceso.

También es posible acceder a una vivienda de protección oficial a través de una gestor, empresa promotora o cooperativa dedicada a estos asuntos.

Sin embargo, además de cumplimentar el registro público de demandantes, para conseguir una vivienda de protección oficial es necesario cumplir con una serie de requisitos. Estos requisitos los imponen las propias Comunidades Autónomas, pero generalmente las condiciones suelen ser las siguientes:

  • No tener ninguna otra vivienda en propiedad: se trata de un inmueble destinado a la única finalidad conseguir una residencia.
  • Ser mayor de edad y encontrarse empadronado en la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • Tener rentas bajas: cada Comunidad Autónoma establecerá cuál es el nivel máximo de rentas, puede establecer como un múltiplo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) o sobre el IPREM.
  • No haber obtenido una vivienda de protección oficial dentro del territorio nacional con anterioridad.
  • No haber recibido ningún tipo de ayuda o subvención relativa a los planes oficiales de vivienda, ni los que pudiera haber realizado la propia Comunidad Autónoma, en los últimos 10 años.

En determinadas Comunidades Autónomas puede tenerse en cuenta a la hora de la adjudicación que el demandante se encuentre en un colectivo especialmente vulnerable:

  • Personas en riesgo de exclusión social.
  • Menores de 35 años.
  • Mayores de 65 años.
  • Familias numerosas.
  • Familias monoparentales.
  • Víctimas de la violencia de género.
  • Discapacitados.

¿Qué documentación necesitas presentar para acceder a una vivienda de protección oficial?

Documentación personal y económica

La solicitud de inscripción como demandante de vivienda deberá solicitarla una persona física que represente la unidad familiar (con independencia de la relación o parentesco).

documentos necesarios para solicitar una vpo

De cara a acreditar los datos personales, familiares y económicos será necesaria presentar la siguiente documentación:

  • Documento Nacional de Identidad, pasaporte o tarjeta de residencia (puede adjuntarse una fotocopia compulsada).
  • Libro de Familia (también puede adjuntarse una fotocopia compulsada).
  • Certificado de residencia, con los datos de alta y baja en el Padrón municipal. Si durante el proceso de adjudicación de la vivienda de protección oficial el demandante cambiase su residencia, deberá advertirlo (deberá ponerlo en conocimiento del Ayuntamiento para modificar los datos del Padrón municipal).
  • Justificante de minusvalía, enfermedad grave o algún tipo de incapacidad (en caso de alegarlas).
  • Para los supuestos de las víctimas de violencia de género, deberán adjuntar un certificado del Centro de Acogida correspondiente.
  • En caso de que el demandante se encuentre en cualquier otra situación de vulnerabilidad, deberá acreditarlo mediante certificados expedidos por el órgano competente (por ejemplo, en un proceso de desahucio, el demandante podrá presentar la correspondiente documentación bancaria y judicial que lo acredite).
  • Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al ejercicio anterior (fotocopia compulsada).
  • Puede darse el caso (sobre todo si el demandante no tiene la obligación de presentar declaración de IRPF) que deban acreditarse los ingresos y/situación económica mediante otra documentación (informe de vida laboral, certificado de ingresos del centro de trabajo, nóminas de los últimos 12 meses, certificado de bases de cotización, etc.).
  • En caso de desempleo, deberá presentarse el correspondiente certificado expedido por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), con indicación de los ingresos percibidos durante los últimos 12 meses.
  • En caso de estar percibiendo una prestación económica por parte de la Seguridad Social, deberá presentarse un certificado emitido por el organismo correspondiente, con indicación de la cuantía percibida durante los últimos 12 meses.

Documentación para acreditar la necesidad de vivienda

Con fines de acreditar la necesidad de vivienda, podrá presentarse la siguiente documentación:

  • Contrato de arrendamiento o compraventa (fotocopia compulsada).
  • Declaración jurada de no a ver sido ni propietario ni arrendatario de una vivienda de promoción pública, ni disponer de otra vivienda en propiedad (se aplica a todos los miembros de la unidad de convivencia).
  • Certificado del Registro de Propiedad sobre los datos relacionado con bienes inmuebles de todas las personas que integran la unidad de conveniencia.
  • Documentación acreditativa de encontrarse bajo procedimiento de desahucio por denegación de prórroga legal de contrato de arrendamiento.
  • Podrá adjuntarse cualquier otra documentación que el demandante estime oportuna y valga para la acreditación de necesitar una vivienda.

¿Puedo acceder a una vivienda de protección oficial de segunda mano o en alquiler?

Aunque generalmente las VPO se destinan a la venta, también existe la opción de acceder a ellas en régimen de alquiler. El plan de vivienda 2018-2021 fomenta esta opción.

Sin embargo, para los casos en los que se pretenda acceder a una vivienda de protección oficial de segunda mano o en régimen de arrendamiento, será necesario comprobar la legalidad vigente en cada caso para evitar problemas (la regulación, precios y otras características es diferente según cada caso y cada Comunidad Autónoma).

Una vivienda de protección oficial pasa a dejar de serlo una vez transcurrido el tiempo estipulado en el contrato. Una vez se descalifica como tal, pasa a ser libre y puede venderse y/o alquilarse tal y como si fuese cualquier otro tipo de vivienda.

Si tienes cualquier duda al respecto, puedes contactarnos. Desde Credexia nos encargamos de ofrecerte las mejores soluciones.

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