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Situaciones en el IRPF y modelo 145

situaciones IRPF

En la nómina que te entrega tu empresa todos los meses, el empresario realiza una serie de retenciones en concepto de IRPF que dependen de tu situación familiar y personal. El porcentaje de esas retenciones se calcula según las situaciones de las que informes a tu empresa. En este post te contamos qué situaciones se consideran en el IRPF y de qué forma se comunican a la empresa. 

¿Cómo se realiza la comunicación de las situaciones familiares y personales a efectos del IRPF?

Cuando comiences a trabajar en una empresa o cuando cambien tus situaciones familiares o personales, deberás rellenar el modelo 145 para comunicar tus circunstancias a la empresa en la que vas a trabajar o está ya trabajando.

¿Cómo se rellena el modelo 145?

El modelo 145 tiene los siguientes apartados que vas a tener que rellenar: 

  • Datos de quien realiza la comunicación. En primer lugar, tendrás que rellenar tu número de NIF, nombre, apellidos y año de nacimiento. 
  • Situación familiar. En este apartado deberás elegir entre tres opciones: 
    • Solteros, viudos, divorciados o separados legalmente con hijos solteros menores de 18 años o incapacitados judicialmente y sometidos a patria potestad prorrogada o rehabilitada que convivan contigo sin convivir también con el otro progenitor.
    • Casados y no separados legalmente cuando su cónyuge no obtiene rentas superiores a 1.500€ anuales excluidas las exentas. 
    • Situaciones distintas a las anteriores: solteros sin hijos, casados cuyo cónyuge obtiene rentas superiores a 1.500€ anuales o para aquellos que no quieran informar sobre su situación familiar.
  • Discapacidad. Se deberá incluir el grado de discapacidad que tengas reconocido, si es el caso. 
  • Movilidad geográfica. Si estabas en paro y te has tenido que desplazar para aceptar el empleo, deberás indicarlo. 
  • Hijos y descendientes. Se computarán los que tengan menos de 25 años o que sean mayores con discapacidad, que convivan con el declarante y no tengan rentas superiores a 8.000 euros al año 
  • Ascendientes. Se incluirán los mayores de 65 años que no tengan rentas superiores a 8.000 euros al año. 
  • Pensiones y anualidades por alimentos. Si pagas una pensión de alimentos a tus hijos o una pensión compensatoria a tu ex cónyuge, debes incluirlo. 
  • Deducción por financiación ajena para la vivienda habitual. Recuerda que la deducción por vivienda habitual se eliminó en el año 2013. 

El modelo 145 deberá ir firmado por ti como persona que comunica sus situaciones para el IRPF. Se firmarán dos ejemplares, uno para la empresa y otro para ti. 

Recuerda que es fundamental si cambia tu situación familiar o personal que comuniques tus nuevas circunstancias mediante el modelo 145 al empresario para el que trabajas, de manera que las retenciones en concepto de IRPF puedan hacerse correctamente. 

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